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Políticas

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Conoce las políticas de tratamiento de datos personales Nuestra política de protección de datos personales se aplica a todas las bases de datos y/o archivos que contengan datos personales que sean objeto de tratamiento por parte de Conexred S.A.S

 

POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES CONEXRED S.A.S.

Esta Política de Tratamiento de Datos Personales se aplicará a todas las Bases de Datos y/o Archivos que contengan Datos Personales que sean objeto de Tratamiento por parte de CONEXRED S.A.S., identificada con NIT 830.513.238 – 9, VECI S.A.S.,

identificada con NIT 901.240.296 – 0, PUNTORED HOLDING S.A.S., identificada con NIT 901.525.763 – 3 y SERVIPUNTO SERVICIOS DE INFORMACIÓN S.A.S.,

identificada con NIT 901.735.885-4 cada una individualmente considerada como responsable del tratamiento de Datos Personales, (en adelante, “LAS COMPAÑÍAS”, o como individualmente se denominen).

Es preciso informar que VECI S.A.S actúa como un vehículo de CONEXRED S.A.S para el ofrecimiento de los productos y servicios de este último que conllevan el desarrollo de actividades relativas a la operación y mantenimiento de sistemas de pago a través de plataformas tecnológicas que permitan el procesamiento de pedidos de productos o servicios, pagos y/o recaudos a terceros.

Así mismo, es importante indicar que SERVIPUNTO SERVICIOS DE INFORMACIÓN S.A.S. actúa como un vehículo de CONEXRED S.A.S para el desarrollo y operación de sistemas que permitan publicitar bienes y servicios a través de cualquier medio de comunicación, y así mismo, el almacenamiento, manejo y transformación de información para su administración y procesamiento.

Por su parte PUNTORED HOLDING S.A.S es una estructura societaria de la que se derivan  CONEXRED  S.A.S,  VECI  S.A.S  SERVIPUNTO  SERVICIOS  DE INFORMACIÓN S.A.S., pero que en todo caso no procesa ningún tipo de dato personal.

Para todos los efectos, se identifican como responsables de los datos todas las Compañías descritas previamente bajo el entendido que operan en sinergia a partir de la prestación de servicios correlativos. Estas compañías están domiciliadas en la Calle 100 No. 19 – 61 Piso 9 y cuentan con los siguientes canales de comunicación:

Correo electrónico: notificacionesjudiciales@puntored.co ; sac@soyveci.com ; gestión.micaja@puntored.co

Teléfono: 4864877 – 018000486020 – 3204218034

Web: http://www.puntored.co/ ; https://soyveci.com/

1.   INTRODUCCIÓN

Las compañías, comprometidas con la importancia que tiene la adecuada administración de la información y el cumplimiento de la Constitución Política Colombiana y las leyes 1266 de 2008, 1581 de 2012, sobre Protección de Datos Personales y su Decreto reglamentario 1377 de 2013 compilado en el Decreto 1074 de 2015 , adopta la presente Política de Tratamiento de Datos Personales (en adelante, “La Política”) de obligatoria aplicación en todas las actividades que involucren Tratamiento de Datos Personales y de obligatorio cumplimiento por parte de Las Compañías, sus Administradores, Colaboradores y los terceros con quien éste se relacione contractual o comercialmente.

2.   OBJETIVO

Por medio del presente documento se da cumplimiento a las disposiciones contenidas en la Ley 1581 de 2012 en especial lo indicado en el literal k) del artículo 17 y en el literal f) del artículo 18, que regulan los deberes que asisten a los responsables y encargados del tratamiento de datos personales. Así mismo tiene por objeto determinar los procesos de recolección, almacenamiento, custodia y tratamiento de los datos de carácter personal que las Compañías, recopilan en desarrollo de su objeto social, para garantizar y proteger el derecho fundamental de Habeas Data que tienen todas las personas naturales. .

En virtud del derecho a la protección de datos personales, usted como titular posee facultades para mantener el control sobre su información personal. Estas van desde el derecho a saber quién conserva los datos personales, los usos a los que se están sometiendo los mismos, hasta la definición de quién tiene la posibilidad de consultarlos. La Ley 1581 de 2012 desarrolla una serie de garantías e instrumentos diseñados para garantizar la vigencia del referido derecho fundamental.

En este contexto, el objeto de este documento consiste en dar cumplimiento a las obligaciones, derechos y garantías consagrados en la normatividad colombiana, teniendo en cuenta nuestra condición de responsables del tratamiento de datos personales previsto en la normativa colombiana . Esta política permite establecer lineamientos organizativos importantes para sentar los procedimientos de recolección, almacenamiento, uso, circulación y supresión de los datos personales.

Así mismo y considerando que las compañías hacen parte del sector Fintech, resulta relevante aplicar las recomendaciones emitidas por la Superintendencia de Industria y Comercio con relación al debido tratamiento de los datos personales en la prestación de servicios de financiación, depósitos de bajo monto y otros afines que faciliten la inclusión financiera mediante el uso de tecnologías digitales.

3.   ACTORES DENTRO DE LA POLÍTICA

Para los efectos de esta Política CONEXRED S.A.S, VECI S.A.S., SERVIPUNTO SERVICIOS DE INFORMACIÓN S.A.S y PUNTO RED HOLDING S.A.S., serán denominadas

conjuntamente como “Las Compañías”; los proveedores, clientes, usuarios, colaboradores, vinculados de cualquier forma a las Compañías, empleados o cualquier otra persona registrada en nuestros portales, aplicaciones, plataformas, o quien haya suministrado en forma voluntaria la información con cualquier fin, serán denominados en forma conjunta como los TITULARES.

3.1   RESPONSABLES EN LA APLICACIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LA POLÍTICA

Las Compañías, son sociedades comerciales responsables de administrar y custodiar bases de datos personales, los cuales han sido recolectados en el desarrollo de su objeto social, con la finalidad de realizar un conocimiento adecuado, de cualquier persona jurídica o natural que pretende establecer un vínculo con las mismas.

En los literales d) y e), del artículo 3 de la Ley 1581 de 2012, se hace expresa mención al encargado y al responsable del tratamiento, respectivamente. Así, el responsable del tratamiento es la persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos, mientras que el encargado del tratamiento es la persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el tratamiento de datos personales por cuenta del Responsable.

Ahora bien, las tecnologías actuales, así como las oportunidades que trae la implementación de las Finanzas Abiertas permiten a las compañías la gestión, explotación y almacenamiento eficiente de la información personal que utiliza para el cumplimiento de sus objetivos corporativos y de negocio, como puede ser en sus procesos de selección y contratación de personal, o los procesos relacionados con el servicio y atención a clientes, usuarios, proveedores, accionistas y directivos, entre otros. El derecho fundamental al habeas data tiene por objeto precisamente garantizar a los ciudadanos el poder de decisión y control que tienen sobre la información que les concierne, concretamente sobre el uso y destino que se les da a sus datos personales.

4.   ALCANCE

Esta Política es de obligatorio y estricto cumplimiento por parte de las Compañías, sus directores, administradores, colaboradores y los demás terceros quienes la representan o actúan por ella, o con los que las Compañías posean algún tipo de vínculo, sea legal, comercial o convencional.

Todos los Colaboradores de las Compañías, deben observar, respetar, cumplir y hacer cumplir esta Política en el desarrollo de sus funciones.

Es importante destacar que la política de tratamiento de datos personales está dirigida a clientes, usuarios, aspirantes en procesos de selección, colaboradores, proveedores y contratistas y demás grupos de interés sobre los cuales las Compañías realizan el tratamiento de datos personales.

5.   GLOSARIO – DEFINICIONES

Para la adecuada interpretación del presente documento y conforme lo establece el artículo 3 de la Ley 1581 de 2012 y el artículo 3 del Decreto 1377 de 2013, se entiende por:

Para conocer a detalle los términos que se mencionan en la lista, te invitamos a conocer el Glosario Documental alojado en el gestor documental, dando clic en el siguiente enlace: https://www.mynovasec.com/puntored/ > Glosario

  • AUTORIZACIÓN
  • AVISO DE PRIVACIDAD
  • BASE DE DATOS
  • DATO PERSONAL
  • DATO PÚBLICO
  • DATO PRIVADO
  • DATO SEMIPRIVADO
  • DATO SENSIBLE
  • ENCARGADO DEL TRATAMIENTO
  • RECLAMO
  • RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO
  • TITULAR
  • TRATAMIENTO
  • TRANSFERENCIA
  • TRANSMISIÓN

Los términos son una herramienta clave para unificar nuestro lenguaje y asegurar una comunicación precisa y alineada en todos los procesos.

6.   PRINCIPIOS

Los principios que se establecen a continuación constituyen los parámetros generales que serán respetados por las Compañías, en los procesos de recolección, almacenamiento, custodia, tratamiento y eliminación de datos personales:

  • Principio de legalidad: El tratamiento de los datos debe estar autorizado por la ley, y en ese sentido deberá sujetarse a lo dispuesto en la ley 1581 de 2012 y demás normas concordantes.
  • Principio de finalidad: El tratamiento debe obedecer a un propósito especifico y explícito, el cual será informado al titular de manera previa, clara, expresa y suficiente, haciendo énfasis en la finalidad para la cual se utilizará la información que suministra el titular.
  • Principio de libertad: El Tratamiento sólo puede ejercerse con el consentimiento, previo, expreso e informado del Titular. Los datos personales no podrán ser obtenidos o divulgados sin previa autorización, o en ausencia de mandato legal o judicial que releve el consentimiento.
  • Principio de veracidad o calidad: La información sujeta a Tratamiento debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y Se prohíbe el Tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error.
  • Principio de transparencia: En el Tratamiento debe garantizarse el derecho del Titular a obtener del responsable del Tratamiento o del Encargado del Tratamiento, en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de datos que le conciernan.
  • Principio de Temporalidad: Los Datos Personales se conservarán únicamente por el tiempo razonable y necesario para cumplir la finalidad del Tratamiento y las exigencias legales o instrucciones de las autoridades de vigilancia y control u otras autoridades Los datos serán conservados cuando ello sea necesario para el cumplimiento de una obligación legal o contractual. Para determinar el término del Tratamiento se considerarán las normas aplicables a cada finalidad y los aspectos administrativos, contables, fiscales, jurídicos e históricos de la información.
  • Principio de acceso y circulación restringida: El tratamiento de datos personales solo podrá realizarse por las personas autorizadas por el titular y/o por las personas previstas en la Ley. En este sentido, sólo se permitirá acceso a los Datos Personales a las siguientes personas:
  • Al Titular del dato.
  • A las personas autorizadas por el Titular del dato.
  • A las personas que por mandato legal u orden judicial sean autorizadas para conocer la información del Titular del dato.
  • Principio de seguridad: La información sujeta a tratamiento por el responsable del tratamiento o encargado del tratamiento, se deberá manejar con las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento; por el responsable que se pone a disposición del Titular para el tratamiento de sus datos personales.
  • Principio de confidencialidad: Todos los colaboradores, contratistas y demás personal que trabaje en alguna de las compañías están obligados a guardar reserva sobre la información personal a la que tengan acceso con ocasión de su trabajo en esta organización.
  • Principio de responsabilidad demostrada: En virtud de este principio, las compañías están en la capacidad de demostrar ante la Superintendencia de Industria y Comercio el compromiso frente al cumplimiento de los estándares normativos que regulan la protección de datos personales.

 

7.   OFICIAL DE PROTECCIÓN DE DATOS

 Las Compañías, designan al área de BACK OFFICE o quien haga sus veces como responsables de dar protección a las bases de datos.

De otra parte, se designa como Oficial de Protección de Datos Personales al Director Jurídico y de Cumplimiento de Conexred S.A.S. En cumplimiento de este rol será responsable de la verificación del cumplimiento del régimen de protección de datos personales, así como de la atención de consultas y reclamos formulados por el Titular de la información para ejercer sus derechos a conocer, actualizar, rectificar y suprimir el dato y revocar la autorización.

8.   TIPOS DE DATOS PERSONALES OBJETO DE TRATAMIENTO

 Para el desarrollo de su objeto social, las Compañías recaudan los siguientes datos:

  • Datos generales y específicos de identificación
  • Datos relativos al estado civil de las personas
  • Datos financieros
  • Datos sensibles como: imágenes fotográficas, registros de audio y video, estudios de poligrafía
  • Datos socioeconómicos
  • Datos de antecedentes disciplinarios y/o judiciales
  • Datos de ubicación relacionados con la actividad comercial
  • Datos relacionados con el historial laboral y académico de una persona
  • Datos de contacto
  • Datos generales relacionados con la afiliación aportes al Sistema Integral de Seguridad Social
  • Datos personales de acceso a sistemas de información

 

9.   TRATAMIENTO AL CUAL SERÁN SOMETIDOS LOS DATOS PERSONALES Y FINALIDADES DE ESTE

Para el adecuado desarrollo de sus actividades y en cumplimiento de su misionalidad, se presenta en esta sección los medios a través de los cuales se recaudan los datos de los diferentes grupos de interés de las compañías y las finalidades previstas para su tratamiento:

9.1.     USUARIOS

 Las compañías recaudan datos de los usuarios de sus servicios a través de los siguientes medios: i) Transacciones realizadas a través de nuestros puntos de corresponsalía, ii) Campañas comerciales, iii) Formularios para evaluar la calidad del servicio, iv) Estudios de mercados, v) Eventos, vi) Pauta en redes sociales y demás mecanismos que las compañías como responsables del tratamiento de los datos consideren idóneos.

  Finalidades:

a. La ejecución de las campañas previstas por las compañías.

b. Gestionar el cumplimiento del desarrollo del objeto social de las compañías y las relaciones comerciales que se puedan generar.

c. Realizar estudios sobre hábitos, tendencias o perfiles de consumo, así como investigación de mercados, proyección de estadísticas, scores y variables o características para la creación de modelos analíticos de cualquier producto o servicio registrado en los sistemas transaccionales de cualquiera de las compañías. Estos estudios e investigaciones podrán ser realizadas por cuenta propia o a través de terceros especializados.

9.2.     CLIENTES VINCULADOS CONTRACTUALMENTE CON ALGUNA DE LAS COMPAÑÍAS

Las compañías recaudan los datos de los clientes a través de los siguientes medios: i) el formulario de registro de auto afiliación, el cual se encuentra disponible en la página web de Puntored a través del siguiente link https://puntored.co/afiliarme/, ii) formulario manual de vinculación dispuesto por el mayorista o distribuidor a través del cual se vinculan y demás mecanismos que las compañías como responsables del tratamiento de los datos consideren idóneos

Eventualmente, se podrán recabar datos a través de correo electrónico.

  Finalidades:

a. El desarrollo del objeto social de las compañías y de la relación contractual que nos vincula

b. Vincular o postular el o los punto(s) de servicio de los Titulares a los productos y/o servicios de Las Compañías.

c. Habilitar nuevos servicios o venta de productos que sean codificados en la plataforma transaccional o implementar cambios en los servicios o productos

d. Enviar información comercial sobre los productos y/o servicios codificados, promociones, comunicar sobre la implementación o modificación de los procedimientos de registro en la plataforma, o compartir manuales para nuevos productos y/o servicios

e. Adoptar medidas tendientes a la prevención de actividades ilícitas o cualquier tipo de fraude;

f. Realizar el pago de obligaciones contractuales;

g. Implementar programas de inteligencia artificial o cualquier otro que la tecnología y la ley permitan para conocer mejor a los clientes y usuarios y potenciar la oferta de productos y servicios, mejorar los procesos internos de la Compañía, entre otros.

h. Permitir la participación en actividades de mercadeo y promocionales (incluyendo la participación en concursos, rifas y sorteos

i. Controlar el acceso a la plataforma transaccional de las compañías y establecer medidas de seguridad

j. Evaluar la calidad del servicio, y adelantar procesos de auditoría interna o externa;

k. Realizar estudios sobre hábitos, tendencias o perfiles de consumo, así como investigación de mercados, proyección de estadísticas, scores y variables o características para la creación de modelos analíticos de cualquier producto o servicio registrado en los sistemas transaccionales de cualquiera de las Compañías y comercializar sus resultados para mejorar la prestación de los servicios ofertados en cuanto a calidad, pertinencia y experiencia según las necesidades de los usuarios.

l. Enviar a los canales autorizados por el titular tales como correo físico, electrónico, celular o dispositivo móvil, vía mensajes de texto (SMS y/o MMS) o a través de cualquier otro medio análogo y/o digital de comunicación creado o por crearse, códigos de seguridad para acceso a sistemas de información, información comercial, publicitaria o promocional sobre los productos y/o servicios, eventos y/o promociones de tipo comercial;

m. Ejecutar transacciones que requieran de la asignación de códigos en los sistemas de información de los titulares de los productos o servicios.

n. Procesar, modificar, emplear, analizar, estudiar y conservar la información comercial, crediticia y/o financiera de los Titulares que se encuentra en centrales de riesgos, así como, suministrar, reportar y compartir información de esa naturaleza con estas entidades, o con aquellas que de manera legítima manejen o administren bases de datos con fines similares a los de las centrales de información financiera o crediticia, dentro del territorio nacional, de conformidad con lo establecido en el ordenamiento jurídico. Esta autorización implica que esos datos serán registrados con el objeto de suministrar y obtener información suficiente y adecuada sobre el estado de sus obligaciones crediticias, financieras, comerciales, y de servicios. En consecuencia, quienes tengan acceso a esos Operadores de Información podrán conocerla de conformidad con la legislación

Dando cumplimiento a la normativa en protección de datos personales y procurando la mayor transparencia para el conocimiento del cliente y en atención a sus necesidades, las Compañías podrán establecer alianzas comerciales con terceros que permitan la comercialización de la información de los Titulares con el fin de procurar la ampliación de la oferta de beneficios de carácter financiero, comercial y/o de servicios a los Titulares.

9.3.     ASPIRANTES EN PROCESOS DE SELECCIÓN PARA LA EVALUACIÓN Y VINCULACIÓN LABORAL EN ALGUNA DE LAS COMPAÑÍAS.

Las compañías recaudan los datos de los aspirantes en procesos de selección a través de los siguientes medios: i) datos reportados por los aspirantes en su perfil de la red social empresarial Linkedin, ii) entrevistas, pruebas y estudios de seguridad, iii) vía correo electrónico, a través del profesional encargado en el área de atracción de talento, iv) Grabaciones de videovigilancia en las instalaciones de las compañías o cualquier otro medio que se considere idóneo para el cumplimiento de las finalidades previstas.

  Finalidades

a. Acceder a la hoja de vida y sus respectivos soportes

b. Registrar la información de quienes se presentaron al proceso de selección y quienes fueron descartados

c. Verificar el cumplimiento de los requisitos requeridos para el cargo, de conformidad con lo indicado en el proceso de selección

d. Citar al aspirante para la aplicación de pruebas, entrevistas y estudios de seguridad

e. Informar los resultados generales del proceso de selección en sus diferentes

f. Controlar el acceso a las oficinas de las compañías y establecer medidas de seguridad incluyendo el establecimiento de zonas video vigiladas.

9.4.     COLABORADORES DE LAS COMPAÑÍAS

Las compañías recaudan los datos de sus colaboradores a través de los siguientes medios: i) entrevistas, pruebas y estudios de seguridad, ii) evaluaciones de desempeño, iii) formularios o instrumentos propios de seguridad y salud en el trabajo, iv) formularios asociados al correo electrónico, v) Grabaciones de videovigilancia en las instalaciones de las compañías o cualquier otro medio que se considere idóneo para el cumplimiento de las finalidades previstas.

  Finalidades

a. Realizar la vinculación laboral y cumplir con las actividades y obligaciones propias de la relación contractual desde su inicio, durante su ejecución y hasta su finalización, esto incluye el trámite de nómina, afiliaciones a entidades del sistema general de seguridad social, actividades de bienestar y seguridad y salud en el trabajo, entre otras.

b. Controlar el acceso a las oficinas de las compañías y establecer medidas de seguridad incluyendo el establecimiento de zonas video vigiladas.

c. Gestionar el desarrollo profesional de los colaboradores, el acceso a los recursos informáticos del empleador y dar soporte para su utilización.

d. Consultar su información en bases gubernamentales, listas restrictivas y/o vinculantes a Colombia, que tengan como propósito el cumplimiento de la obligación de prevenir y controlar el lavado de activos y la financiación del

e. El desarrollo del objeto social de la compañía y de la relación contractual que nos vincula

f. Soportar procesos de auditoría interna o externa. Para el caso de excolaboradores, las compañías almacenarán los datos aún después de finalizada la relación laboral durante el tiempo necesario para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la relación laboral, así como facilitar los soportes o certificaciones por el excolaborador o terceros que legitimados para ello.

9.5.     PROVEEDORES Y CONTRATISTAS DE LAS COMPAÑÍAS

 Las compañías recaudan los datos de sus proveedores y contratistas a través de los siguientes medios: i) Formulario de registro o actualización de proveedores y ii) Formulario de conflicto de intereses y demás medios que tengan como base de legitimación el contrato suscrito entre las partes.

Eventualmente, se podrán recabar datos a través de correo electrónico.

  Finalidades

a. Realizar la vinculación contractual requerida para la prestación de servicios

b. Gestión de cuentas de cobro para los respectivos pagos y la verificación de saldos pendientes

c. Reporte de obligaciones tributarias y legales ante entidades administrativas y organismos de control.

d. Consultar su información en bases gubernamentales, listas restrictivas y/o vinculantes a Colombia, que tengan como propósito el cumplimiento de la obligación de prevenir y controlar el lavado de activos y la financiación del

e. El reporte, consulta, procesamiento de información ante Centrales de Riesgo

f. Controlar el acceso a las oficinas de las compañías y establecer medidas de seguridad incluyendo el establecimiento de zonas video vigiladas.

g. Cualquier otra gestión que se derive de la eventual relación contractual que se genere entre las partes.

9.6.     MIEMBROS DE JUNTA DIRECTIVA Y ACCIONISTAS

Las compañías recaudan los datos de sus miembros de Junta Directiva y Accionistas a través de los siguientes medios: i) actas, ii) reuniones, asambleas y demás medios que tengan como base de legitimación el acuerdo de accionistas suscrito entre las partes

  Finalidades

a. Realizar el trámite de negociación y venta de acciones

b. Verificar su asistencia a las reuniones de la asamblea de accionistas para efectos de determinar el quórum y las mayorías necesarias para la respectiva deliberación

c. Enviar comunicaciones escritas para la convocatoria a la asamblea de accionistas

d. Recibir la renuncia por escrito a su derecho como accionista a ser convocado a la asamblea y el ejercicio de los demás derechos contemplados en la Ley 1258 de 2008 y demás normas concordantes.

De manera genérica, los datos podrán ser recolectados directamente en formatos físicos o electrónicos, obtenidos de las videograbaciones que se realizan dentro o fuera de las instalaciones de cualquiera de las compañías para fines de seguridad de las personas, los bienes e instalaciones de las Compañías. Así mismo, podrán recabarse datos por medio de cualquier software o formulario que facilite la comunicación con los destinatarios para fines pre-contractuales, contractuales, pos–contractuales, comerciales, de mercadeo, para adelantar procesos de evaluación sobre la calidad de nuestros productos y servicios, para la provisión de productos y servicios, información comercial, publicitaria o promocional sobre los productos y/o servicios, eventos y/o promociones de tipo comercial.

  Por lo cual, comprende entre otros:

  • Usar los datos suministrados por ellos de manera electrónica, a través de Sitios Web, de aplicaciones para teléfonos inteligentes (Smartphone) en ferias y eventos entre otros, para enviarles a los correos electrónicos registrados.
  • Utilizar la información recibida de ellos, para fines de mercadeo de sus productos y servicios.
  • Compartir los datos personales con representantes comerciales, según sea requerido para el manejo comercial de nuestros productos.
  • Permitir el acceso a la información y datos personales a los auditores o terceros contratados para llevar a cabo procesos de auditoría interna o externa propios de la actividad comercial que desarrollamos.
  • Consultar y actualizar los datos personales, en cualquier tiempo, con el fin de mantener actualizada dicha información.
  • Contratar con terceros el almacenamiento y/o procesamiento de la información y datos personales para la correcta ejecución de los contratos celebrados con las Compañías, bajo los estándares de seguridad y confidencialidad a los cuales estamos obligados.

Si un dato personal es proporcionado, dicha información será utilizada sólo para los propósitos aquí señalados, y por tanto, ninguna de las Compañías procederá a vender, licenciar, transmitir, o divulgar la misma, salvo que:

  • Exista autorización expresa para hacerlo;
  • Sea necesario para la prestación de servicios por parte de los contratistas o proveedores;
  • Sea necesario con el fin de proveer nuestros servicios y/o productos;
  • Sea necesario divulgarla a las entidades que prestan servicios de mercadeo en nombre de las Compañías o a otras entidades con las cuales se tengan acuerdos de mercado conjunto;
  • La información tenga relación con una fusión, consolidación, adquisición, desinversión, u otro proceso de restructuración de alguna de las compañías;
  • Sea parte de un requerimiento legal

Las Compañías podrán subcontratar a terceros para el procesamiento de determinadas funciones o información. Cuando efectivamente se subcontrate con terceros el procesamiento de información personal o se proporcione información personal a terceros prestadores de servicios, las Compañías advierten a dichos terceros sobre la necesidad de proteger dicha información personal con medidas de seguridad apropiadas, se prohíbe el uso de la información para fines propios y se solicita que no se divulgue la información personal a otros.

Al aceptar el tratamiento de los datos personales, además, el titular autoriza al responsable a transferir los datos personales a las Entidades Vinculadas para que estas empresas puedan tratar los datos, en su beneficio, para las mismas finalidades indicadas.

10.   DISPOSICIONES     ESPECIALES     SOBRE    EL    TRATAMIENTO     DE    DATOS PERSONALES

  • TRATAMIENTO DE    DATOS    PERSONALES     DE    NIÑOS,     NIÑAS    Y ADOLESCENTES

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley 1581 de 2012 y el artículo 12 del Decreto 1377 de 2013, las compañías, sólo realizarán el tratamiento de datos, correspondientes a niños, niñas y adolescentes, siempre y cuando este tratamiento responda y respete el interés superior de los niños, niñas y adolescentes y asegure el respeto de sus derechos fundamentales.

De manera general las Compañías, no usan, ni almacenan, o realizan tratamiento alguno sobre datos personales de menores de edad. Si, por algún fraude o error, se llega a tener almacenada información de un menor de edad, esta será suprimida de nuestras bases de datos de forma inmediata, una vez se conozca que el dato pertenece a un menor de edad.

Así mismo, y en caso de que sea requerido el tratamiento de datos de menores de edad, las compañías deberán obtener la autorización del representante legal del niño, niña o adolescente, previo ejercicio del menor de su derecho a ser escuchado, opinión que será valorada teniendo en cuenta la madurez, autonomía y capacidad para entender el asunto.

10.2.     TRATAMIENTO DE DATOS SENSIBLES

Por regla general el tratamiento de datos sensibles está prohibido, no obstante, la Ley 1581 de 2012 contempla en su artículo 6 algunas excepciones al tratamiento de datos de esta naturaleza.

En estos casos, las compañías en calidad de responsables deberán informar al titular lo siguiente: i) Que por tratarse de datos sensibles no está obligado a autorizar su tratamiento y ii) Cuáles de los datos objeto de tratamiento son de naturaleza sensible y sus finalidades.

Al ser parte del sector Fintech y ante el tratamiento de datos sensibles las compañías se comprometen a efectuar una diligencia reforzada en los términos exigidos por las SIC la Circular Externa No. 001 de 2025.

11.   DERECHOS DE LOS TITULARES

De conformidad con lo establecido el artículo 8 de la Ley 1581 de 2012, son derechos de los titulares los siguientes:

a. Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente a los Responsables del Tratamiento o Encargados del Tratamiento. Este derecho se podrá ejercer, entre otros frente a datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o aquellos cuyo Tratamiento esté expresamente prohibido o no haya sido autorizado;

b. Solicitar prueba de la autorización otorgada al Responsable del Tratamiento salvo cuando expresamente se exceptúe como requisito para el Tratamiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Decreto 1377 de Junio del 2013;

c. Ser informado por el Responsable del Tratamiento o el Encargado del Tratamiento, previa solicitud, respecto del uso que le ha dado a sus datos personales;

d. Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones a lo dispuesto en la presente ley y las demás normas que la modifiquen, adicionen o complementen;

e. Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato cuando en el Tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales. La revocatoria y/o supresión procederá cuando la Superintendencia de Industria y Comercio haya determinado que en el Tratamiento el Responsable o Encargado han incurrido en conductas contrarias a esta ley y a la Constitución;

f. Acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de

12.   DEBERES EN RELACIÓN CON EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

 Las Compañías, en su calidad de Responsables del Tratamiento, deberán conforme las disposiciones contenidas en la Constitución Nacional, la Ley 1581 de 2012 y el decreto reglamentario 1377 de 2013 compilado en el Decreto 1074 de 2015, hacer uso de los datos que son recolectados y almacenados, únicamente para los fines para los cuales ha sido facultado conforme la respectiva autorización del titular obtenida en forma previa a la recolección del dato. De esta forma Las Compañías, se comprometen a cumplir en el tratamiento de datos con los siguientes deberes:

a. Garantizar al Titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data;

b. Solicitar y conservar copia de la respectiva autorización otorgada por el Titular, conforme el procedimiento para ello utilizado;

c. Informar debidamente al Titular sobre la finalidad de la recolección y los derechos que le asisten por virtud de la autorización otorgada;

d. Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento;

e. Realizar oportunamente, esto es en los términos previstos en los artículos 14 y 15 de la Ley 1581 de 2012, la actualización, rectificación o supresión de los datos;

f. Tramitar las consultas y los reclamos formulados por los Titulares en los términos señalados en el artículo 14 de la Ley 1581 de 2012.

g. Garantizar que la información sea veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible, respecto de la recibida por el TITULAR;

h. Actualizar la información, comunicando de forma oportuna, todas las novedades respecto de los datos que previamente le haya suministrado y adoptar las demás medidas necesarias para que la información suministrada a este se mantenga actualizada;

i. Rectificar la información cuando sea incorrecta y comunicar lo pertinente al Encargado del Tratamiento;

j. Suministrar al Encargado del Tratamiento, según el caso, únicamente datos cuyo Tratamiento esté previamente autorizado de conformidad con lo previsto en la presente ley;

k. Insertar en la base de datos la leyenda «información en discusión judicial» una vez notificado por parte de la autoridad competente sobre procesos judiciales relacionados con la calidad o detalles del dato personal;

l. Abstenerse de circular información que esté siendo controvertida por el Titular y cuyo bloqueo haya sido ordenado por la Superintendencia de Industria y Comercio;

m. Permitir el acceso a la información únicamente a las personas que pueden tener acceso a ella;

n. Informar a la Superintendencia de Industria y Comercio cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los Titulares;

o. Cumplir las instrucciones y requerimientos que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio.

13.   DE LA AUTORIZACIÓN

La recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión de datos personales por parte de las Compañías requiere del consentimiento libre, previo, expreso e informado del titular de los mismos. Las Compañías, en su condición de responsables del tratamiento de datos personales, han dispuesto de los mecanismos necesarios para obtener la autorización del Titular, garantizando en todo caso que sea posible verificar el otorgamiento de dicha autorización.

13.1.     FORMA Y MECANISMOS PARA OTORGAR LA AUTORIZACIÓN

La autorización puede constar en un documento físico, electrónico, en un archivo de audio, mecanismos tecnológicos o en cualquier otro formato que permita garantizar su posterior consulta. La autorización será emitida por las Compañías y será puesta a disposición del Titular previo al Tratamiento de sus datos personales de conformidad con lo que establece la Ley 1581 de 2012.

Con el procedimiento de autorización consentida se garantiza que se ha puesto en conocimiento del titular de los datos personales, tanto el hecho de que su información personal será recogida y utilizada para fines determinados y conocidos, como que tiene la opción de conocer cualquier alteración a los mismos y el uso específico que de ellos se ha dado. Lo anterior con el fin de que el Titular tome decisiones informadas con relación a sus datos personales y tenga control sobre el uso que se hace de su información personal.

13.2.     PRUEBA DE LA AUTORIZACIÓN

 Las Compañías adoptarán todas las medidas necesarias para mantener registros de la obtención de autorización por parte de los titulares de datos personales para el tratamiento de los mismos.

13.3.     REVOCATORIA DE LA AUTORIZACIÓN

Los Titulares de los datos personales pueden revocar el consentimiento al tratamiento de sus datos personales en cualquier momento, siempre y cuando no lo impida una disposición legal o contractual o deje de existir el motivo que originó la recolección del dato. El Titular de la información podrá solicitar una revocación total o parcial de los fines para los cuales fue conferida, evento en el cual, en la solicitud deberá indicar a cuál de estas corresponde y de ser parcial deberá indicar para cuales de los fines desea revocar la autorización.

Habrá casos en los que el consentimiento, por su carácter de necesario en la relación entre el titular y las Compañías, para efectos del cumplimiento de un contrato vigente o por disposición legal no podrá ser revocado.

14.   AVISO DE PRIVACIDAD

El Aviso de Privacidad es el documento físico, electrónico o en cualquier otro formato, que es puesto a disposición del Titular para el tratamiento de sus datos personales. A través de este documento se comunica al Titular la información relativa a la existencia

de las políticas de tratamiento de información que le serán aplicables, la forma de acceder a las mismas y las características del tratamiento que se pretende dar a los datos personales. El Aviso de Privacidad de las Compañías, está disponible, entre otros medios, en sus portales web http://www.puntored.co/, y https://soyveci.com/

15.   PROCEDIMIENTOS DE ACCESO, CONSULTA, RECLAMACIÓN Y SUPRESIÓN

15.1    PROCEDIMIENTO DE ACCESO

El Titular de los datos tiene el derecho de acceder y conocer qué información es objeto de tratamiento por parte de las Compañías, por lo cual es obligación de estas, garantizar al Titular su derecho de acceso el cual se realizará de la siguiente forma:

  • El titular de la información podrá conocer, si lo solicita, si efectivamente su(s) dato(s) está(n) siendo objeto de tratamiento por parte de las Compañías.
  • El Titular podrá tener acceso a los datos personales que estén en posesión de las Compañías
  • El Titular tendrá derecho a conocer las circunstancias en que se realiza el tratamiento de su información, por lo tanto, las Compañías se encuentran en el deber de informar sobre el tipo de datos personales tratados y todas y cada una de las finalidades que justifican el Tratamiento.

PARÁGRAFO I: Las Compañías garantizarán el derecho de acceso, previa acreditación de la identidad del Titular o la calidad de su representante o causahabiente, poniendo a disposición de este, de manera gratuita, el detalle de los datos personales a través de medios físicos o electrónicos que permitan el acceso directo del Titular a ellos, de forma que el Titular pueda hacer efectivo su derecho de rectificar, corregir o solicitar la supresión de todos sus datos o de parte de estos.

PARÁGRAFO II. Para garantizar el derecho de acceso a los titulares, las compañías deberán alinearse con lo previsto en el procedimiento establecido para la atención de solicitudes de tratamiento de datos desde el área de Servicio al Cliente.

15.2    ACCESO A LA INFORMACIÓN

La autorización se hace extensiva a quien represente los derechos de cualquiera de las Compañías, a quien éstas contraten para el ejercicio de los mismos o a quien éstas cedan sus derechos, sus obligaciones o su posición contractual a cualquier título, en relación con la información del Titular, así como a la ejecución de(los) contrato(s) que se hayan suscrito. Así mismo, a los terceros con quienes las Compañías, establezcan alianzas comerciales, o contratos de prestación de servicios a partir de las cuales se codifiquen, implementen o amplíen los productos o servicios que puedan proveerse desde el punto de servicio afiliado.

15.3    FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y RECLAMOS

En cumplimiento del artículo 14 y 15 de la Ley 1581 de 2012, usted en calidad de TITULAR, tiene derecho a realizar peticiones, consultas y reclamos para conocer,

actualizar, suprimir y rectificar sus datos personales, en caso de ser inexactos o revocar la autorización para su almacenamiento y eliminación de las bases de datos administradas por las Compañías, cuando considere que son innecesarios para las finalidades que justificaron su obtención o desee oponerse al tratamiento de los mismos para fines específicos.

Para tales efectos, las compañías cuentan con un procedimiento interno para la atención de solicitudes relacionadas con el tratamiento de datos, las cuales ingresan desde el área de Servicio de Cliente a través de alguno de los siguientes canales:

El titular de los datos podrá acudir a la dirección física Calle 100 No 19 – 61, piso 9 en la ciudad de Bogotá D.C para recibir orientación sobre la radicación de su consulta y reclamo bajo los mecanismos establecidos. No obstante, se aclara que los canales oficiales para la formulación de consultas y reclamos son los relacionados previamente.

Para el adecuado trámite de su consulta o reclamo, es necesario que, en el contenido de la solicitud, se relacionen los siguientes datos:

  • Nombres y apellidos,
  • Datos de contacto (Dirección, física y/o electrónica y teléfonos de contacto),
  • Medios para recibir respuesta a su solicitud,
  • Motivo(s)/hecho(s) que dan lugar a la consulta o reclamo
  • Descripción del Derecho que desea ejercer ante la compañía correspondiente, esto es derecho de acceso a la información o derecho de supresión y los datos personales sobre los cuales recae.
  • Firma, número de identificación o procedimiento de validación
  • Presentar la información en los canales habilitados para
  • Anexos:
  • Copia del documento de identidad del titular de la información ampliado al Ciento Cincuenta por Ciento (150%), cuando este no repose en la compañía.
  • Si la solicitud es realizada por causahabiente, representante del titular o apoderado se deberá aportar el documento que le otorga dicha calidad.
  • Documentos adicionales que soportan la solicitud a

Una vez radique su consulta o reclamo, a través de alguno de los canales habilitados se genera un ticket de radicación a través del cual internamente se hace seguimiento a su petición para garantizar la respuesta oportuna en los términos previstos por la ley.

Posteriormente, desde el área de servicio al cliente se dará traslado de la petición al área jurídica, la cual realizará la gestión correspondiente para la atención de la consulta o reclamo. La respuesta a la solicitud se hará llegar a través del medio autorizado por el titular de los datos para tales efectos.

Las Compañías, garantizan que los medios puestos a disposición de los titulares de la información permitan dar una respuesta en los términos establecidos por la Ley 1581 de 2012. Cada vez que las Compañías, pongan a disposición una herramienta nueva para facilitar el ejercicio de los derechos de los titulares de información o modifiquen las existentes, lo informarán a través de su página web y en su Aviso de Privacidad, para el adecuado trámite de su consulta.

15.4    RECLAMOS

  Disposiciones especiales frente a la presentación de reclamos.

a. El reclamo se formulará mediante solicitud dirigida al Responsable del Tratamiento a través de los canales y con la información antes indicada. Si el reclamo resulta incompleto, se requerirá al interesado dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción del reclamo para que subsane las fallas. Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento, sin que el solicitante presente la información requerida, se entenderá que ha desistido del reclamo.

b. Una vez recibido el reclamo completo, se incluirá en la base de datos una leyenda que diga “reclamo en trámite” y el motivo del mismo, en un término no mayor a dos (2) días hábiles. Dicha leyenda deberá mantenerse hasta que el reclamo sea

c. El término máximo para atender el reclamo será de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su Cuando no fuere posible atender el reclamo dentro de dicho término, se informará al interesado los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.

15.5    CONSULTAS

  Disposiciones especiales frente a la presentación de consultas.

Las consultas serán atendidas en un término máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atender la consulta dentro de dicho término, se informará al interesado antes del vencimiento de los diez

(10) días, expresando los motivos de la demora y señalando la fecha en que se atenderá su consulta, la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer plazo.

16.   RECTIFICACIÓN, ACTUALIZACIÓN DE DATOS.

El Titular de la información o sus causahabientes o representantes, previa acreditación de su identidad, tienen derecho en todo momento, a solicitar a las Compañías la rectificación o actualización de sus datos personales, para lo cual deberá indicar las correcciones que solicita y aportar la documentación que da soporte a su solicitud.

PARÁGRAFO: Cuando la solicitud sea presentada por una persona distinta del Titular, que no demuestre que actúa en calidad de apoderado, causahabiente, o cualquier otra condición que le otorgue la facultad de representar al Titular, se entenderá que la solicitud no fue presentada.

17.   SUPRESIÓN DE DATOS.

El Titular de la información o sus causahabientes o representantes, previa acreditación de su identidad, tienen derecho en todo momento, a solicitar a las Compañías, la supresión de sus datos personales cuando:

  • Considere que los mismos no están siendo tratados conforme a los principios, deberes y obligaciones previstas en la Ley 1581 de 2012.
  • No exista una relación contractual con cualquiera de las Compañías, o hayan dejado de ser necesarios o pertinentes para la finalidad para la cual fueron recabados.

Esta supresión implica la eliminación total o parcial de la información personal de acuerdo con lo solicitado por el Titular en los registros, archivos, bases de datos o tratamientos realizados por las Compañías. Es importante tener en cuenta que el derecho de cancelación no es absoluto y el responsable puede negar el ejercicio del mismo en los siguientes casos:

  • La solicitud de supresión de la información no procederá cuando el Titular tenga el deber legal o contractual de permanecer en la base de datos.
  • No sea posible efectuar la eliminación del dato por la orden de autoridad judicial o administrativa con competencia en el Territorio Nacional.
  • Los datos sean necesarios para proteger los intereses jurídicamente tutelados del Titular, o para garantizar el cumplimiento de una obligación legalmente adquirida por el Titular.

 

PARÁGRAFO I: Cuando la solicitud sea presentada por una persona distinta del titular, que no demuestre que actúa en calidad de apoderado, causahabiente, o cualquier otra condición que le otorgue la facultad de representar al Titular, se entenderá que la solicitud no fue presentada.

PARAGRAFO II: Para garantizar el derecho de supresión a los titulares, las compañías deberán alinearse con lo previsto en el procedimiento establecido para la atención de solicitudes de tratamiento de datos desde el área de Servicio al Cliente.

18.   SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN

En desarrollo del principio de seguridad establecido en la Ley 1581 de 2012, las Compañías adoptarán las medidas técnicas, de su recurso humano y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los datos evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.

Las compañías han dispuesto políticas de seguridad de la información y herramientas tecnológicas que garanticen el cumplimiento de las mismas entre las que se encuentran:

  • Funciones y obligaciones del personal: El personal vinculado a las Compañías ha recibido y aceptado un compromiso de confidencialidad y buen uso de la información a la cual tiene acceso en el ejercicio de sus funciones.

El personal de las Compañías tendrá acceso autorizado únicamente a aquellos datos y recursos que precisen para el desarrollo de sus funciones, conforme a los criterios establecidos por el responsable de la información.

  • Registro de incidencias: Los funcionarios de las Compañías deberán comunicar las incidencias ocurridas que puedan afectar la confidencialidad, disponibilidad e integridad de la información de las compañías , indicando el tipo de incidencia, el momento en que se ha producido, la persona que realiza la notificación, a quién se le comunica y los efectos que se hubiera derivado de la misma.
  • Identificación y autenticación: Las compañías han optado por dotar de medidas de seguridad que garantizan la correcta identificación y autenticación de los funcionarios para acceder a la información.
  • Transferencia de Información: Las Compañías han implementado controles que limitan o imposibilitan la transferencia de información a destinos o elementos no autorizados. Para tales efectos, y respecto a las transferencias internacionales de datos, las compañías dan cumplimiento a lo previsto en la Circular Externa 008 de 2017 de la Superintendencia de Industria y Comercio.

Las medidas de seguridad con las que cuentan las Compañías buscan proteger los datos personales de los titulares en aras de impedir su adulteración, pérdida, uso y acceso no autorizados. Para ello las Compañías de forma diligente implementan medidas de protección humanas, administrativas y técnicas que razonablemente están a su alcance, dentro de las cuales se encuentran las obligaciones contractuales de privacidad y confidencialidad en cabeza de los empleados, contratistas y proveedores de las Compañías.

No obstante, lo anterior, y aun cuando las compañías desplieguen las medidas previamente descritas de manera diligente para mitigar la materialización de cualquier tipo de riesgo, es importante que el Titular reconozca que no existe un método que sea totalmente seguro, y en ese sentido no puede garantizarse un mecanismo de seguridad absoluta. En estos términos el Titular acepta esta forma de protección, declarando que la considera suficiente para todos los propósitos.

En este sentido, nos apoyamos en herramientas tecnológicas de seguridad e implementamos prácticas de seguridad reconocidas en la industria, que incluyen: transmisión y almacenamiento de información sensible a través de mecanismos seguros, tales como cifrado, uso de protocolos seguros; aseguramiento de componentes tecnológicos, restricción de acceso a la información sólo a personal autorizado, respaldo de información, prácticas de desarrollo seguro de software, entre otros.

19.   ALMACENAMIENTO DE LA INFORMACIÓN.

Los datos suministrados serán almacenados en los servidores de las Compañías, lugar donde están siendo custodiados mediante el empleo de herramientas de seguridad de la información, razonablemente aceptadas en la industria, tales como firewalls, procedimientos de control de acceso, entre otros. Todo lo anterior con el objetivo de evitar el acceso no autorizado, por parte de terceros, a los datos personales almacenados.

20.   MODIFICACIONES A LA POLÍTICA.

Las Compañías se reservan el derecho de modificar, en cualquier momento, de manera unilateral, su política de tratamiento de datos personales. Cualquier cambio será publicado y anunciado conforme lo señalan las disposiciones legales aplicables.

21.   VIGENCIA.

La presente política de tratamiento de datos personales de las Compañías rige a partir del 01 diciembre de 2021. La vigencia de la base de datos se mantendrá durante el tiempo de análisis de la información para la suscripción de cualquier contrato, durante la vigencia de relación contractual con las Compañías y en forma posterior hasta tanto sea revocada. La autorización podrá ser revocada en los eventos previstos en la ley, siempre y cuando no exista ningún tipo de relación con las Compañías derivada de esta autorización.

CONEXRED S.A.S NIT. 830.513.238-9

VECI S.A.S NIT. 901.240.296-0

SERVIPUNTO SERVICIOS DE INFORMACIÓN S.A.S NIT. 901.735.885-4

PUNTORED HOLDING S.A.S. NIT. 901.525.763-3

AUTORIZACIÓN PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

Declaro que he sido informado que CONEXRED S.A.S. es el responsable del tratamiento de los datos personales obtenidos a través del diligenciamiento de formularios o transacciones realizadas en sus Puntos y que he leído la Política de Tratamiento de Datos Personales disponibles en el sitio web https://puntored.co/politica-de-tratamiento-de-datos-personales/ .

Por ello consiento y autorizo de manera previa, expresa e inequívoca que mis datos personales y/o los de mis representados, sean tratados con sujeción a lo establecido en su Política de Tratamiento de Datos Personales. De manera particular, para el cumplimiento de las siguientes finalidades:

1) Gestionar el cumplimiento del desarrollo del objeto social del CONEXRED S.A.S.;

2) Ejecutar cualquier actividad en el marco de una relación contractual vigente entre las partes;

3) La prestación de nuevos servicios o venta de productos que sean habilitados en la Aplicación PUNTORED;

4) Remitir información comercial, publicitaria o promocional sobre los productos y servicios ofertados;

5) Adelantar procesos de evaluación sobre la calidad de productos y servicios;

6) Permitir el acceso a la información y datos personales a los auditores o terceros contratados para llevar a cabo procesos de auditoría interna o externa propios de la actividad comercial que se desarrolle;

7) Consultar y actualizar los datos personales, en cualquier tiempo, con el fin de mantener actualizada dicha información;

8) La transmisión o procesos de referenciación comercial con terceros que puedan manifestar interés en el desarrollo de los negocios.

Igualmente, como titular de esta información tengo derecho a conocer, actualizar y rectificar mis datos personales, solicitar prueba de la autorización otorgada para su tratamiento, ser informado sobre el uso que se ha dado a los mismos, presentar quejas ante la SIC por infracción a la ley, revocar la autorización y/o solicitar la supresión de mis datos en los casos en que sea procedente mediante solicitud por escrito dirigida a CONEXRED S.A.S. al correo electrónico: servicioal.cliente@puntored.co .

SISTEMA DE AUTOCONTROL Y GESTIÓN DEL RIESGO INTEGRAL DE LAVADO DE ACTIVOS, FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y FINANCIAMIENTO DE LA PROLIFERACIÓN DE ARMAS DE DESTRUCCIÓN MASIVA (LA/FT/FPADM) Y REPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSAS A LA UIAF

De conformidad con lo establecido en la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia de Sociedades en el Capítulo X – “Régimen de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral LA/FT/FPADM y Reporte de Operaciones Sospechosas a la UIAF”, modificada por las Circulares Externas 100-000016 de 2020, 100-000004 de 2021 y 100-000015 de 2021. Para Conexred S.A.S (en adelante “Conexred”), es imperativo la implementación del Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo. – SAGRILAFT, no solo en cumplimiento de la normatividad legal colombiana, sino como valor agregado para nuestros grupos de interés y en cumplimiento con el código de conducta y las políticas de riesgo que nos permiten actuar con integridad en el desarrollo de nuestro objeto social.

1. Objetivo

Conexred establece las políticas, metodologías y procedimientos para el autocontrol y gestión del riesgo LA/FT/FPADM, con el objetivo de minimizar el riesgo de que la Compañía sea utilizada como un medio para dar apariencia de legalidad a recursos de actividades ilícitas y transacciones que busquen apoyar el terrorismo, la financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva y sus delitos fuente.

2. Alcance

Esta política está dirigido a todos los aliados, clientes, colaboradores, socios, miembros de la Junta Directiva, proveedores y demás terceros vinculados con la Compañía.

Adicionalmente, esta política se complementa con el Manual de SAGRILAFT, documentos aprobados por la Junta Directiva.

3. Lineamientos

Las presentes políticas establecen el marco general y los principios básicos para el autocontrol y gestión del riesgo LA/FT/FPADM, que permiten identificar, valorar, tratar y monitorear los riesgos a los cuales está expuesta la compañía, producto de su naturaleza y operación.

Así mismo, para garantizar una eficaz y eficiente gestión del riesgo, esta política debe ceñirse a los principios y valores éticos señalados en el Código de Ética y Manual SAGRILAFT, por lo cual, la compañía ha establecidos los siguientes aspectos:

● Conexred efectúa un programa de Capacitación basado en la normativa y desarrollo del SAGRILAFT.
● Las negociaciones comerciales no se antepondrán ante el cumplimiento de las políticas y lineamientos definidos para la administración del riesgo de Lavado de Activos y la Financiación del terrorismo en este manual.
● Se adoptarán mecanismos que permitan conservar la información documental de los asociados, los movimientos por entrada y salida de recursos, los reportes a la UIAF, los informes preparados por el Oficial de Cumplimiento, la revisoría fiscal y demás información generada en la ejecución del SAGRILAFT.
● Reportar ante la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) las operaciones que se hayan determinado como sospechosas de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo y las transacciones en efectivo.
● La información de las operaciones intentadas o sospechosas relacionadas con el Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo, serán tratados con estricta confidencialidad, por lo cual no podrá dar a conocer el nombre o la identidad de las personas sobre las cuales se hayan determinado conductas que hayan inducido a la generación del reporte.
● Efectuar debida diligencia a toda persona natural o jurídica que formalice una relación contractual o legal (aliados, clientes, colaboradores, proveedores, accionistas, contratistas y demás contrapartes).
● Cualquier operación en la que la Compañía sea parte, deberá contar con documentación interna y/o externa que explique claramente la naturaleza de las operaciones, la fecha y las aprobaciones impartidas de acuerdo con las políticas y procedimientos establecidos para cada área y procesos de la Compañía.
● La Compañía se abstendrá de contraer vínculos con aliados, clientes, colaboradores, socios, miembros de la Junta Directiva, proveedores y demás partes relacionadas, que se encuentre en alguna de las listas vinculantes y restrictivas.
● Los colaboradores deberán informar de forma inmediata, cualquier operación inusual o sospechosa que identifiquen en ejercicio de sus actividades diarias al Oficial de Cumplimiento. Los empleados y/o terceros que tengan algún vínculo con la Compañía, asumen el compromiso y la responsabilidad de atender oportunamente las solicitudes realizadas por el Oficial de Cumplimiento.
● Cualquier situación o consulta sobre un potencial conflicto de interés deberá ser informado al superior inmediato, quien deberá trasladarlo a la autoridad encargada de resolver este conflicto.

4. Comunicaciones

Nuestros canales de comunicación son:

● Correo electrónico: contactocumplimiento@puntored.co
● Línea Ética: https://puntored.co/linea-de-etica/

5. Confidencialidad

La información relacionada con la implementación y ejecución del SAGRILAFT es confidencial y es administrada por los responsables de su ejecución al interior de la compañía. Esta información únicamente podrá ser conocida por parte de las autoridades judiciales o administrativas competentes con la aprobación previa del Oficial de Cumplimiento.

PROGRAMAS DE TRANSPARENCIA Y ÉTICA EMPRESARIAL A TRAVÉS DE ACTIVIDADES DE AUTOCONTROL Y GESTÍON DE LOS RIESGOS DE CORRUPCIÓN Y DE RIESGOS DE SOBORNO TRANSNACIONAL

De conformidad con lo establecido en el Capítulo XIII – “Instrucciones y recomendaciones administrativas encaminadas a poner en marcha Programas de Transparencia y Ética Empresarial a través de actividades de autocontrol y gestión de los riesgos de corrupción y de riesgos de soborno transnacional”, modificada por la Circular Externa 100-000011 de 2021, para Conexred S.A.S (en adelante “Conexred”), es imperativo la implementación del Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE), no solo en cumplimiento de la normatividad legal colombiana, sino como valor agregado para nuestros grupos de interés y en cumplimiento con el código de conducta y las políticas de riesgo que nos permiten actuar con integridad en el desarrollo de nuestro objeto social.

1. Objetivo

La política PTEE tiene como principal objetivo formular y comunicar las políticas, valores y principios establecidos por la alta gerencia de Conexred, filiales o subordinadas, para garantizar que todos sus Colaboradores realicen sus funciones de manera ética, transparencia y honesta aplicables a las relaciones entre los mismos, proveedores, distribuidores, socios de negocio, clientes y autoridades.

2. Alcance

Esta política está dirigido a todos los aliados, clientes, colaboradores, socios, miembros de la Junta Directiva, proveedores y demás terceros vinculados con la Compañía, con el objetivo de que sea utilizado en el oportuno desempeño de sus funciones, las cuales deben estar regidos e inspirados por los más altos estándares éticos, facilitando el autocontrol y ejecución de los procesos, permitiendo identificar preventivamente las diferentes situaciones de riesgo de C/ST a las que se pueda ver expuesta la entidad.

3. Lineamientos

Conexred, sus administradores, colaboradores y altos directivos se comprometen con un actuar ético y transparente ante sus grupos de interés, y el conducir los negocios de una manera responsable, actuando bajo el principio de cero tolerancia a las prácticas corruptas de parte de cualquier contraparte de la Compañía, por lo cual, la compañía ha establecido los siguientes aspectos:

● Conexred rechaza y se abstiene de participar en actos de Corrupción, incluido el soborno transnacional. Implementa mecanismos necesarios para combatir y luchar contra la corrupción y otros actos delictivos relacionados con el soborno transnacional.
● Imparte una cultura institucional anticorrupción y Ética Empresarial. Establece reglas de conducta con el fin de prevenir la ocurrencia de cualquier acto de Corrupción derivado de la entrega y recepción de regalos, dineros o dadivas.
● Evalúa y gestiona de forma oportuna todas las denuncias recibidas y adopta una política de no represalias contra los reportante de presuntos actos de corrupción.
● Conexred cuenta con una Línea Ética, a través de la cual se reciben los reportes del incumplimiento de lo dispuesto en la presente política y los demás documentos que la integren.
● La compañía junto con el Oficial de Cumplimiento gestiona de forma oportuna todos los reportes de actos relacionados con Corrupción, independientemente de su cuantía o del personal involucrado.
● El PTEE compila todas las normas en materia de prevención y mitigación de los Riesgos de Corrupción y de Soborno Transnacional, así como los principios y valores éticos con que cuenta Conexred, para llevar a cabo sus negocios de manera ética y transparente.
● Se prohíbe autorizar, entregar, ofrecer, prometer, cualquier objeto de valor directa o indirectamente a nuestras contrapartes o terceros involucrados con Conexred.

4. Comunicaciones

Nuestros canales de comunicación son:

● Correo electrónico contactocumplimiento@puntored.co
● Línea Ética https://puntored.co/linea-de-etica/

5. Confidencialidad

La información relacionada con la implementación y ejecución del PTEE es confidencial y es administrada por los responsables de su ejecución al interior de la compañía. Esta información únicamente podrá ser conocida por parte de las autoridades judiciales o administrativas competentes con la aprobación previa del Oficial de Cumplimiento.

Aviso legal

Los visitantes del portal web de CONEXRED S.A.S, sociedad comercial propietaria de la marca PUNTORED, deberán leer los términos y condiciones que a continuación se describen. Al acceder a este portal y a cualquier página web de CONEXRED S.A.S se compromete a cumplir con estos. En caso de no estar de acuerdo con los siguientes términos y condiciones no acceda a estos portales.

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El pasado 27 de diciembre de 2021, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN emitió la resolución 1641, mediante la cual se reglamenta el reporte de información a dicho ente relacionada con los Beneficiarios Finales, descrita en los artículos 631-5 y 631-6 del Estatuto Tributario.

Teniendo en cuenta lo anterior, Conexred SAS. debe cumplir con el reporte de la información correspondiente a los contratos de cuentas en participación que administra, por lo cual le solicitamos amablemente suministrarnos los datos asociados a las personas naturales que poseen o controlan y/o ejercen un control efectivo sobre contrato del cual usted hace parte en los convenios comerciales que tiene con Puntored.

Aquí encontrará el formulario a diligenciar, el cual debe quedar debidamente suscrito, a más tardar el día 27 de junio de 2023.

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